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 INFORMACION INVALIDED FIBROMIALGIA

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AMPARINI
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AMPARINI


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MensajeTema: INFORMACION INVALIDED FIBROMIALGIA   INFORMACION INVALIDED FIBROMIALGIA I_icon_minitimeDom Ene 30, 2011 11:23 am


Blog dedicado a las últimas noticias, estudios, cuidados y avances en el tratamiento de la enfermedad de fibromialgia, sindrome de fatiga cronica, sindrome quimico múltiple


Mostrando las entradas más recientes con la etiqueta -INFORMACION INVALIDEZ FIBROMIALGIA Mostrar las entradas más antiguas
La invalidez en Fibromialgia no se puede fingir
Esto es lo que opina el Dr.José Miguel Aramburu, en una entrevista concedida a Diario sur manifiesta "En cuanto a la posibilidad de que haya personas que se informen de los síntomas y traten de fingirlos para poder cobrar una pensión por invalidez, lo cierto es que con los protocolos médicos establecidos y el férreo control legal es prácticamente imposible. Así, las asociaciones de afectados se han volcado en los últimos años en lograr incapacidades laborales para quienes padecen esta dolencia, que, de momento, no tiene cura y cuyo tratamiento se limita a aliviar los dolores con analgésicos y relajantes musculares"
Podeis visualizar la entrevista entera en Diario Sur
tags blogs fibromialgia síndrome+fatiga+cronica sindrome+quimico+multiple dolor dolor+cronico fibromyalgia pain fibromialgia sindrome fatiga cronica sindrome+quimico+multiple dolor cronico

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En España sólo el 11,5% de los pacientes con fibromialgia tienen reconocida su incapacidad, frente al 25% de casos en otros países europeos
Desde Jano Online;Este sábado 12 de mayo se celebra el Día Mundial de la Fibromialgia y el Síndrome de Fatiga Crónica

Lema de este año "Ni un paso atrás".
Este sábado 12 de mayo se celebra una nueva edición del Día Mundial de la Fibromialgia y el Síndrome de Fatiga Crónica, enfermedades que afectan a más de un millón de personas en España. En distintas ciudades del país se desarrollarán actividades para dar a conocer mejor esta enfermedad en la población general, bajo el lema "Ni un paso atrás".
En Sevilla
En Sevilla, las farmacias de la ciudad han puesto en marcha una campaña para la detección precoz de la enfermedad. Según el presidente del Colegio de Farmacéuticos de Sevilla, Manuel Pérez, que presentó esta semana la campaña junto a María Isabel Nieto, vicepresidenta de la Asociación Sevillana de Fibromialgia (AFIBROSE), "hasta no hace mucho era una enfermedad infradiagnosticada, debido al desconocimiento, la falta de profesionales formados y al estigma social, en general, que pesaba sobre los afectados".

Explicaron que la fibromialgia es una patología que afecta principalmente a mujeres y se caracteriza por un dolor musculoesquelético generalizado y anómalo, ya que el paciente percibe como dolorosos estímulos que habitualmente no lo son. También se acompaña de síntomas como trastornos en el sueño, jaquecas y malestar.

En los últimos años, se ha producido un incremento importante de esta enfermedad entre la población, aumento que se debe, principalmente, a un mejor diagnóstico, gracias al reconocimiento de los síntomas por parte de los facultativos, especialmente de la Atención Primaria, e, incluso, de los propios pacientes, que ahora acuden a su médico en busca de una solución. Asimismo, los pacientes acuden antes al facultativo, lo que posibilita una detección precoz de la enfermedad y puede favorecer a que el tratamiento sea, entonces, más eficaz.

En Barcelona
En el Colegio Oficial de Médicos de Barcelona destacados expertos que informarán de los avances más recientes en ambas enfermedades. Representantes del comentaron que se están desarrollando nuevos fármacos específicos para la fibromialgia, aunque la perspectiva farmacológica es menor en el caso del síndrome de fatiga crónica, una patología mucho menos frecuente que causa una extenuación insuperable física y cognitiva, es desalentadora.

"Confusion en los diagnósticos"
Es frecuente que se confundan los diagnósticos, hasta el punto de que un 75% de los enfermos inscritos en el "Registro de Enfermos con Fibromialgia y/o Síndrome de Fatiga Crónica", afirman padecer las dos enfermedades, cuando la prevalencia de la fibromialgia es del 3% y la del síndrome de fatiga crónica, del 0,4%. Esta confusión dificulta las vías de investigación y genera una falta de respeto hacia el diagnóstico que no se ha conseguido superar, según afirmó el Dr. Ferran J. García, miembro del Comité Científico de la Fundación para la Fibromialgia y el Síndrome de Fatiga Crónica.

El 68% de los afectados considera que la atención sanitaria actual es insuficiente o muy insuficiente
Los enfermos, en su inmensa mayoría, deben reclamar el reconocimiento de sus incapacidades laborales ante los tribunales, tras un penoso periplo administrativo, muchas veces salpicado de sarcasmos y denigraciones. Según una reciente encuesta, dada a conocer por la Fundación, el 68% de los afectados considera que la atención sanitaria actual es insuficiente o muy insuficiente.

Desde hace 9 años, cada 12 de mayo, cientos de organizaciones de todo el mundo se coordinan en actos reivindicativos, que cada vez tienen una mayor repercusión.
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Fibromialgia, síndrome de fátiga crónica e Intolerancia química múltiple.Pensiones no contributivas.
Pensión no contributiva de invalidez
Fuente:Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales
Editado por Fibromialgia.nom.es|5-03-2007

Consiste en el abono de una cantidad periódica a aquellas personas que padeciendo un determinado grado de minusvalía no tienen derecho a una pensión contributiva de la Seguridad Social y carecen de recursos suficientes.

* ¿QUIÉNES PUEDEN ACCEDER A LA PENSIÓN?
* ¿CUÁL ES LA CUANTÍA DE LA PENSIÓN?
* ¿CÓMO Y DÓNDE SE PUEDE SOLICITAR ESTA PENSIÓN?
* DERECHO A OTRAS PRESTACIONES
* REQUISITOS
* DATOS REQUERIDOS PARA INICIAR LA TRAMITACIÓN
* ¿QUE DOCUMENTOS SE DEBEN ACOMPAÑAR?
* OTRA INFORMACIÓN
* MODELO DE SOLICITUD

¿QUIÉNES PUEDEN ACCEDER A LA PENSIÓN?

Los ciudadanos que carezcan de recursos suficientes y que no hayan cotizado a la Seguridad Social o lo hayan hecho de forma insuficiente para tener derecho a una pensión contributiva, si cumplen una serie de requisitos.



¿CUÁL ES LA CUANTÍA DE LA PENSIÓN?

Con carácter general el importe anual de la pensión para 2004 es de 3.868,20 €.
Los que acreditan un grado de minusvalía/discapacidad igual o superior al 75% y la necesidad del concurso de otra persona para realizar los actos esenciales de la vida, percibirán un complemento del 50% de los 3.868,20 euros/año, fijado en 1.934,10 euros/año.


¿CÓMO Y DÓNDE SE PUEDE SOLICITAR ESTA PENSIÓN?

La solicitud la deberá efectuar el interesado, su representante o quien demuestre un interés legítimo para actuar a favor de personas con capacidad gravemente disminuida y se podrá obtener en las oficinas de los Servicios Sociales de las Comunidades Autónomas , en las oficinas del Instituto de Migraciones y Servicios Sociales (IMSERSO) o en cualquier otra de la Seguridad Social.
La solicitud podrá presentarse en las oficinas anteriormente indicadas, en cualquiera de los Registros de la Administración General del Estado , de las Comunidades Autónomas y de las Entidades Locales firmantes de Convenio de Ventanilla Única o por correo.



DERECHO A OTRAS PRESTACIONES

El reconocimiento del derecho a la pensión no contributiva dará lugar a la prestación de asistencia sanitaria y farmacéutica de la Seguridad Social y el acceso a los Servicios Sociales establecidos en el sistema de la Seguridad Social para los pensionistas.



REQUISITOS

1.- Residir legalmente en España.
2.- Ser mayor de 18 y menor de 65 años de edad.
3.- Residir legalmente en territorio español y haberlo hecho durante un período de cinco años, de los cuales dos han de ser consecutivos e inmediatamente anteriores a la fecha de la solicitud.
4.- Estar afectado por una minusvalía o por una enfermedad crónica, en grado igual o superior al 65 por ciento.
5.- Carecer de rentas o ingresos suficientes. Se entiende que el solicitante de la pensión de invalidez no tiene rentas o ingresos suficientes cuando las rentas o ingresos de que disponga, en cómputo anual, sean inferiores a 3.868,20 €. No obstante lo anterior, aunque sus ingresos o rentas sean inferiores a 3.868,20 € anuales, si vive en unidad familiar, únicamente se cumple el requisito cuando la suma de las rentas o ingresos de todos los miembros de esa unidad económica de convivencia sean inferiores, en cómputo anual, a las siguientes cuantías, según el caso:
Si convive solo con su cónyuge y/o entre los parientes con los que convive se encuentra alguno de sus abuelos, hermanos o nietos:
- Nº de convivientes = 2 - 6.575,94 euros/año.
- Nº de convivientes = 3 - 9.283,68 euros/año.
- Nº de convivientes = 4 - 11.991,42 euros/año.
Si entre los parientes con los que convive se encuentra alguno de sus padres o hijos:
- Nº de convivientes = 2 - 16.439,85 euros/año.
- Nº de convivientes = 3 - 23.209,20 euros/año.
- Nº de convivientes = 4 - 29.978,55 euros/año.


DATOS REQUERIDOS PARA INICIAR LA TRAMITACIÓN

NOMBRE Y APELLIDOS - NUMERO DE DNI - LUGAR Y MEDIO PREFERENTE A EFECTOS DE NOTIFICACIONES - FECHA DE LA SOLICITUD.
1.- Características de la minusvalía o enfermedad crónica.
2.- Periodos de residencia en España.
3.- Recursos económicos del solicitante.
4.- Composición y recursos económicos de los convivientes.
5.- Representante legal, en su caso.
6.- Datos bancarios.


¿QUE DOCUMENTOS SE DEBEN ACOMPAÑAR?

1.- Fotocopia del Pasaporte y/o permiso de residencia, en el caso de nacionales de otros países

(*) Fotocopia del DNI del solicitante o Fotocopia del DNI del representante legal, en su caso.

(*) No será preciso presentar este documento salvo en aquellos casos en que la Administración necesite comprobar los datos de identidad y el interesado no preste su consentimiento para la verificación de los datos electrónicos, excepto que una norma de rango de Ley exprese lo contrario ]


OTRA INFORMACIÓN

Forma de iniciación:A solicitud del interesado.

Tipo de procedimiento:Prestaciones sociales.

Órganos que resuelven el procedimiento:
Órganos competentes de las Comunidades Autónomas, Direcciones Provinciales del Instituto de Migraciones y Servicios Sociales de Ceuta y Melilla.

Plazo máximo para resolver y notificar:90 días.

Efectos de la falta de resolución en plazo:Desestimatorios.

Fin de la vía:La resolución del procedimiento no pone fin a la vía administrativa.

Recurso que se puede interponer:
Reclamación previa a la vía de la jurisdicción social.

Plazo de interposición del recurso:30 días.

Órganos que resuelven el recurso:
Órganos competentes de las Comunidades Autónomas, Direcciones Provinciales del Instituto de Migraciones y Servicios Sociales de Ceuta y Melilla.

Modelo de Solicitud: Sí.

Normativa:
* REAL DECRETO LEGISLATIVO 1/1994, DE 20 DE JUNIO, POR EL QUE SE APRUEBA EL TEXTO REFUNDIDO DE LA LEY GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (BOE Nº 154, DE 29 DE JUNIO) .
* REAL DECRETO 1734/1994, DE 29 DE JULIO, POR EL QUE SE ADECUA A LA LEY 30/1992, DE 26 DE NOVIEMBRE, LAS NORMAS REGULADORAS DE DETERMINADOS PROCEDIMIENTOS (BOE Nº 183, DE 2 DE AGOSTO) .
* REAL DECRETO 357/1991, DE 15 DE MARZO, DE DESARROLLO DE LAS PENSIONES NO CONTRIBUTIVAS.
* REAL DECRETO 118/1998, DE 30 DE ENERO, QUE MODIFICA EL REAL DECRETO 357/1991.
* REAL DECRETO LEGISLATIVO 2/1995, TEXTO REFUNDIDO DE LA LEY DE PROCEDIMIENTO LABORAL, ARTÍCULO 71 (BOE Nº 86, DE 11 DE ABRIL) .
* LEY 30/1992, DE 26 DE NOVIEMBRE, DE RÉGIMEN JURÍDICO DE LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS Y DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO COMÚN, DISPOSICIÓN ADICIONAL SEXTA (BOE Nº 285, DE 27 DE NOVIEMBRE)
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MensajeTema: Re: INFORMACION INVALIDED FIBROMIALGIA   INFORMACION INVALIDED FIBROMIALGIA I_icon_minitimeDom Ene 30, 2011 12:05 pm

GRACIAS AMPARINI,

POR COMPARTIR
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MensajeTema: Re: INFORMACION INVALIDED FIBROMIALGIA   INFORMACION INVALIDED FIBROMIALGIA I_icon_minitimeLun Ene 31, 2011 12:49 am

Amparini cielo muchas gracias por cmpartir
y por estar ahi, un abrazo.
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MensajeTema: Re: INFORMACION INVALIDED FIBROMIALGIA   INFORMACION INVALIDED FIBROMIALGIA I_icon_minitime

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