A traves de Facebook he encontrado esta informacion por si a alguien le puede interesar, espero que asi sea. Un beso
¿PUEDO CONSEGUIR LA INCAPACIDAD POR FIBROMIALGIA? La Fibromialgia, es una
enfermedad crónica, generalizada,
que se caracteriza por dolor en los músculos y articulaciones de todo
el cuerpo. El grado de afectación en cada tipo de paciente,
el dolor interfiere en sus tareas diarias y cotidianas, mientras que en otros, sólo les ocasiona un malestar débil.
El
diagnóstico es fundamentalmente clínico,
no hay ninguna prueba diagnóstica especifica, pero sin embargo, es
importante realizar algunas pruebas analíticas, para descartar otras
enfermedades con sintomatología parecida pero que requieren otros tipo
de tratamientos diferenciados, nos estamos refiriendo a las
enfermedades reumáticas: artritis u osteoporosis.
¿Cómo se trata en la actualidad la Fibromialgia? No hay un tratamiento curativo en el momento actual, aunque existen muchas medidas, y algunas de ellas aliviarán la sintomatología y calidad de vida del paciente.
La Seguridad Social, es propensa a reconocer cierto tipo de
incapacidades derivadas de lesiones específicas, tales como las
cardiacas, neumológicas, o reumatológicas, cuando tienen especial
gravedad, trascendencia y cree que, realmente, incapacitan a la persona
trabajadora que solicita la prestación de invalidez.
Sin embargo, hay determinados tipos de enfermedades, que bien sea por
desconocimiento o porque su aparición sea relativamente reciente, en
cuanto al concepto, y podemos llamarle etiquetamiento, que
tiende a ignorarlas, entre estas últimas, está la Fibromialgia.
Como consecuencia, de esta situación de falta de reconocimiento, se
producen, al año, miles de denegaciones de expedientes de Fibromialgia,
que realmente son incapacitantes para el paciente que las sufre.
La situación no solamente está extendida en territorio español, si no
que, igualmente, sucede en países mucho más avanzados científicamente,
como en los E.E.U.U, donde también son rechazadas en primera instancia
estas peticiones.
Ahora bien, ¿
debe conformarse el peticionario cuando se le
deniega una prestación si realmente su situación es invalidante?
La respuesta es evidente: no. Debe luchar con todos los medios a su alcance para tratar de conseguir que su situación sea reconocida.
últimamente, los Tribunales Españoles, aunque con cierta estrechez de
miras, han venido abriendo un pequeño cauce jurisprudencial, que se va
ensanchando, para el reconocimiento de esta enfermedad con efectos
invalidantes.
¿Cuáles son los criterios que tienen en cuenta los tribunales españoles? Normalmente, si usted trata de ganar un caso de Fibromialgia, deberá tener informes médicos,
no sólo de su facultativo de cabecera, si no de unidades médicas especializadas, nos estamos refiriendo a médicos especialistas en artritis o reumatólogos.
Cuanto mayor sea el grado de conocimiento, especialización o cargo
médico del facultativo que emite el informe, mayor será la
credibilidad y expectativa que el documento generará en la mente del juez que vea su caso.
Los dictámenes emitidos deberán hacer especial incapié en las
repercusiones funcionales de sus dolencias en relación con su puesto de trabajo, y con las actividades diarias de su vida normal.
Cuál es el deterioro que ha producido la lesión y
en qué medida afecta a sus dolencias, es un punto vital, a fin de que se demuestre que usted no puede trabajar.
Es relevante, igualmente, que entre su diagnóstico, y la petición de
invalidez, hayan transcurrido, más de 18 meses, y todavía resultará
mejor, cuando el periodo de tiempo sea superior a los dos años.
¿Qué quiere decir esto? Que habrá transcurrido el lapso suficiente, para que sus
dolencias hayan sido
suficientemente estudiadas, el diagnóstico no sea precipitado, y se haya podido estabilizar todo el cuadro.
La cronicidad, permanencia y relevancia funcionalde su lesión, podrá establecerse, con una dimensión óptima, y, por
tanto, el juez, podrá establecer su criterio con todos los elementos de
juicio a su alcance.
Un abogado especializado, podrá ayudarle a
superar la visión restrictiva de los órganos gestores que deniegan este
tipo de prestación, ignorando la existencia de una lesión,
incapacitante a todas luces, y que aun en el supuesto de los casos en
que está perfectamente diagnosticada, se empeñan en denegar.