Marifé FUNDADORA DE FIBROAMIGOSUNIDOS.COM -WEBMASTER-GRUPO DE APOYO-REIVINDICACIONES-ACTIVISTA
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| Tema: Incapacidades Sáb Jul 17, 2010 8:18 am | |
| Incapacidades
¿Qué es una incapacidad?
La incapacidad supone una alteración continuada de la salud que imposibilita o limita a quien lo padece de una actividad profesional. Tipos de Incapacidad
Incapacidad Permanente Parcial
La incapacidad permanente total es aquella que, sin alcanzar el grado total ocasiona al trabajador una disminución no inferior al 33% en su rendimiento normal para su profesión habitual, sin impedirle la realización de la misma . Los trabajadores en incapacidad permanente parcial tendrán derecho a reincorporarse a su puesto de trabajo. Las condiciones de reincorporación dependerán del grado de incapacidad y de su recuperación posterior. Incapacidad Permanente Total
La incapacidad permanente total es aquella que inhabilita al trabajador para la realización de todas o de las fundamentales tareas de su profesión habitual, siempre que pueda dedicarse a otra distinta. La declaración de incapacidad permanente total extingue la relación laboral, pero existe la posibilidad de reincorporación en el caso de que el trabajador recupere total o parcialmente su capacidad laboral. En este caso tiene preferencia absoluta para su readmisión en la empresa. Incapacidad Permanente Absoluta
Es aquella que inhabilita por completo al trabajador para toda profesión u oficio. El reconocimiento de esta situación no impedirá el ejercicio de aquellas actividades, sean o no lucrativas, compatibles con el estado del incapacitado y que no representen un cambio en su capacidad de trabajo. Gran Invalidez
Se define como la situación del trabajador afecto de incapacidad permanente y que por consecuencia de pérdidas anatómicas o funcionales, necesite la asistencia de otra persona para los actos más esenciales de la vida diaria El reconocimiento de esta situación no impedirá el ejercicio de aquellas actividades, sean o no lucrativas, compatibles con el estado del incapacitado y que no representen un cambio en su capacidad de trabajo. Diferencia entre minusvalía e incapacidad
Dr.Rafael Ariza Ariza, "Artritis Reumatoide: Guía de la enfermedad para el paciente", de la Sociedad Española de Reumatología. Minusvalía e incapacidad son conceptos diferentes, aunque relacionados, y las consecuencias de su reconocimiento son también diferentes. Ambas derivan de la existencia de una deficiencia entendida como una pérdida o anormalidad en la estructura o función de las personas. En la incapacidad, esa deficiencia limita o imposibilita a la persona el ejercicio de una actividad concreta que, en la mayoría de los casos se refiere, a la actividad laboral. En la minusvalía la deficiencia limita o impide el desarrollo de las funciones normales para su edad y sexo. Es decir, el concepto de minusvalía es más amplio y abarca el conjunto de las actividades de la persona, no sólo una actividad concreta como la laboral. El reconocimiento de la minusvalía y de la incapacidad depende de instancias diferentes y las consecuencias son también diferentes. El Certificado de Minusvalía lo otorga el Departamento de Asuntos Sociales de la Comunidad Autónoma correspondiente, a través de Equipos de Valoración y Orientación. Para obtener la condición de minusválido es necesario el reconocimiento de un 33% de grado de minusvalía. Este Certificado no conlleva una pensión y permite trabajar, aunque conlleva diversos beneficios, como deducciones de impuestos. La incapacidad laboral puede considerarse equivalente a la invalidez para trabajar, si bien la incapacidad es dictaminada por un juez y la invalidez por la Seguridad Social, lo que lleva consigo una pensión. | |
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anusi fibrocolaborador
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| Tema: Re: Incapacidades Sáb Jul 17, 2010 10:47 am | |
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