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 El Gobierno adapta la terminología sobre discapacidad

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Marifé
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MensajeTema: El Gobierno adapta la terminología sobre discapacidad   El Gobierno adapta la terminología sobre discapacidad I_icon_minitimeMar Dic 29, 2009 10:55 am

El Gobierno adapta la terminología sobre discapacidad




Por si quedaba alguna duda, según esta nueva terminología el SSQM, el SFC y la FM por sus características y sintomatología, son perfectamente encuadrables en este apartado de posibles beneficios sociales para el afectado.





El Gobierno aprobó el pasado 4 de diciembre y, a propuesta de la ministra de Sanidad y Política Social, Trinidad Jiménez, el Real Decreto para adaptar la terminología sobre minusvalía y discapacidad, contenida en el Real Decreto 1971/1999, de 23 de dicembre, a la Ley de Dependencia y a la Clasificación Internacional del Funcionamiento, de la Discapacidad y de la Salud (CIF-2001) de la Organización Mundial de la Salud (OMS).El término genérico utilizado en el Real Decreto 1971/1999 para describir la situación global de la persona era el de «minusvalía». Con el Real Decreto aprobado hoy se realiza una adecuación terminológica y conceptual, sustituyendo el término «minusvalía» por el de «discapacidad». Asimismo, las referencias que en el Real Decreto 1971/1999 se hacían a la «discapacidad» son sustituidas por «limitaciones en la actividad».







El Gobierno adapta la terminología sobre discapacidad Discapacitado





Así, el término «grado de minusvalía» es sustituido por el de «grado de discapacidad». Todas las referencias que hasta el momento se venían realizando en el Real Decreto que se modifica al «grado de discapacidad», quedan sustituidas por «grado de las limitaciones en la actividad».





La Ley de Dependencia, en su disposición adicional octava, establece que “las referencias que en los textos normativos se efectúen a minusválidos y a personas con minusvalía, se entenderán realizadas a personas con discapacidad”. Por otro lado la OMS tomó la decisión, cuando revisó la CIF-2001, de utilizar «discapacidad» como término genérico que incluye déficits, limitaciones en la actividad y restricciones en la participación, en lugar de «minusvalía», por la connotación peyorativa de esta palabra.





Además, el Real Decreto que se aprueba incorpora a la Comisión Estatal para el Seguimiento del Grado de Minusvalía, ahora de Discapacidad, un representante de la discapacidad organizada.





Consejo Nacional de la Discapacidad y Comisión de protección Patrimonial de las personas con discapacid
El Gobierno también ha aprobado dos reales decretos por los que se modifican, respectivamente, la regulación del Consejo Nacional de la Discapacidad y la composición, funcionamiento y funciones de la Comisión de protección patrimonial de las personas con discapacidad, para adaptar estos dos órganos a la estructural ministerial que se produjo con la última remodelación del Gobierno.






Fuente: IMSERSO
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AMPARINI
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MensajeTema: Re: El Gobierno adapta la terminología sobre discapacidad   El Gobierno adapta la terminología sobre discapacidad I_icon_minitimeMar Dic 29, 2009 11:17 am

Marifé escribió:
El Gobierno adapta la terminología sobre discapacidad




Por si quedaba alguna duda, según esta nueva terminología el SSQM, el SFC y la FM por sus características y sintomatología, son perfectamente encuadrables en este apartado de posibles beneficios sociales para el afectado.





El Gobierno aprobó el pasado 4 de diciembre y, a propuesta de la ministra de Sanidad y Política Social, Trinidad Jiménez, el Real Decreto para adaptar la terminología sobre minusvalía y discapacidad, contenida en el Real Decreto 1971/1999, de 23 de dicembre, a la Ley de Dependencia y a la Clasificación Internacional del Funcionamiento, de la Discapacidad y de la Salud (CIF-2001) de la Organización Mundial de la Salud (OMS).El término genérico utilizado en el Real Decreto 1971/1999 para describir la situación global de la persona era el de «minusvalía». Con el Real Decreto aprobado hoy se realiza una adecuación terminológica y conceptual, sustituyendo el término «minusvalía» por el de «discapacidad». Asimismo, las referencias que en el Real Decreto 1971/1999 se hacían a la «discapacidad» son sustituidas por «limitaciones en la actividad».







El Gobierno adapta la terminología sobre discapacidad Discapacitado





Así, el término «grado de minusvalía» es sustituido por el de «grado de discapacidad». Todas las referencias que hasta el momento se venían realizando en el Real Decreto que se modifica al «grado de discapacidad», quedan sustituidas por «grado de las limitaciones en la actividad».





La Ley de Dependencia, en su disposición adicional octava, establece que “las referencias que en los textos normativos se efectúen a minusválidos y a personas con minusvalía, se entenderán realizadas a personas con discapacidad”. Por otro lado la OMS tomó la decisión, cuando revisó la CIF-2001, de utilizar «discapacidad» como término genérico que incluye déficits, limitaciones en la actividad y restricciones en la participación, en lugar de «minusvalía», por la connotación peyorativa de esta palabra.





Además, el Real Decreto que se aprueba incorpora a la Comisión Estatal para el Seguimiento del Grado de Minusvalía, ahora de Discapacidad, un representante de la discapacidad organizada.





Consejo Nacional de la Discapacidad y Comisión de protección Patrimonial de las personas con discapacid
El Gobierno también ha aprobado dos reales decretos por los que se modifican, respectivamente, la regulación del Consejo Nacional de la Discapacidad y la composición, funcionamiento y funciones de la Comisión de protección patrimonial de las personas con discapacidad, para adaptar estos dos órganos a la estructural ministerial que se produjo con la última remodelación del Gobierno.






Fuente: IMSERSO
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